
Certificado judicial a través de Internet ..ya viene...Una de las noticias mas esperadas para todos los contratistas del estado y en especial para todos los del SENA era la posibilidad de realizar la gestion del certificado judicial en la red, esta posibilidad estara disponible en pocos dias asi lo anuncio el Das en su pagina web..
En los próximos días los colombianos podrán sacar el certificado judicial a través de Internet
Esto, que se hará por medio del sitio web del DAS, eliminará el proceso que anteriormente requería de complicadas y tediosas filas y algunas horas de trámites en las instalaciones de la entidad.
Por medio de
http://www.das.gov.co/ (sito web del Departamento Administrativo de Seguridad), se podrá obtener el certificado judicial.
La persona ya no recibirá la tradicional libreta verde, sino un código (número) que tendrá validez de un año y el cual se podrá entregar a empleadores, embajadas u oficinas de inmigración quienes harán la verificación, también en línea, de los antecedentes judiciales del individuo.
Dicho certificado tendrá la misma validez que el que una persona solicita directamente en el DAS.
Aparte de la conexión a Internet, los ciudadanos que quieran hacer este trámite en línea deberán cumplir con dos requisitos: haber sacado personalmente el certificado judicial al menos una vez en los últimos cinco años y poseer una cuenta con la que puedan pagar por Internet (debe tener segunda clave para transacciones electrónicas).
El certificado que se obtenga por este medio tendrá un costo de 28.900 pesos (lo mismo que vale sacarlo la primera o segunda vez).
de todas formas Continúa el proceso tradicional
Aunque el proceso por Internet evita las filas y las citas, se mantendrá la expedición tradicional en las oficinas físicas del DAS para aquellos que no puedan o no deseen utilizar la Red. Al respecto, la entidad aclara que este nuevo método es solo un servicio adicional.
De igual forma, sin importar cuántas veces haya solicitado el certificado o cuántas veces haya pagado la anualidad por Internet, la persona deberá ir hasta el DAS cada cinco años para sacar personalmente este documento (y así hacer la actualización de datos).
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